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Condenaron a equipo de "En su propia trampa" por grabación en lugar privado sin autorización

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02/06/2016 16:46:56
El Tribunal Oral en lo Penal de Puente Alto dictó el veredicto contra una periodista, un camarógrafo y un asistente de producción del espacio de Canal 13. Los profesionales arriesgan una pena de 61 días a cinco años y una multa que va de 50 a 500 UTM.


Foto Nota
El Tribunal Oral en lo Penal de Puente Alto condenó a tres integrantes del equipo del programa "En su propia trampa", quienes fueron acusados del delito de grabación de hechos en lugares privados. Los profesionales señalados en el veredicto son a periodista María Alejandra Quijada, el asistente de producción Sergio Ordenes León y el camarógrafo Rodrigo Zúñiga Contreras, según lo informó La Tercera. La instancia judicial consideró que los integrantes del espacio conducido por el periodista Emilio Sutherland cometieron el delito de “grabación de hechos y conversaciones de carácter privado grabados en algún recinto particular sin autorización del afectado, previsto y sancionado en el artículo 161 letra A inciso primero del Código Penal”. Todos arriesgan una pena de 61 días a cinco años y una multa que va de 50 a 500 UTM. Todo sucedió el 12 de abril de 2013, los tres condenados ingresaron a domicilio particular de Nora Rivera Cordera, ubicado en la comuna de Puente Alto, donde grabaron sin el consentimiento de la víctima las conversaciones que ella sostuvo con María Carolina Orellana Martínez (asistente social de la municipalidad) referente a asuntos de carácter privado sobre su relación con E.L.C, hijo del conviviente de Nora Cordera. Según el abogado querellante de la causa, Claudio Pavlic, los condenados “obtuvieron la colaboración de una asistente social de la Municipalidad de Puente Alto y del Director de una Fundación dedicada a la rehabilitación de niños de la calle, para luego dirigirse con estas personas al domicilio de Nora Rivera. Ingresaron sin identificarse y sin obtener autorización para entrar a la casa de la víctima, grabaron mediante cámaras ocultas la intervención social de la profesional de la municipalidad, y esas imágenes y audio fueron parte de un capítulo del programa, siendo toda esta información de carácter absolutamente privado”. “A pesar del acucioso trabajo de la fiscalía, nos encontramos ejerciendo acción penal sólo por una de las aristas del caso, ya que la referida al secuestro del menor y los apremios ilegítimos contra E.L.C. no fueron incluidos en la formalización, por decisión de la fiscalía”, agregó. Por el mismo caso el tribunal por unanimidad absolvió al editor periodístico del programa, César Pérez Maldonado, y al productor ejecutivo, Rodrigo Leiva.

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